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MEF transfiere S/ 50 millones al Mininter para seguridad

Actualidad
Ilustración editorial sobre la transferencia presupuestaria de 50 millones de soles al Ministerio del Interior para seguridad ciudadana
Ilustración editorial sobre la transferencia presupuestaria al Ministerio del Interior para seguridad ciudadana

El Decreto Supremo N.° 171-2026-EF, publicado el 1 de setiembre de 2026, autoriza una transferencia de partidas de hasta S/ 50 000 000 al Ministerio del Interior para financiar el cumplimiento de indicadores y metas de seguridad ciudadana del primer semestre de 2026.

Documento oficial

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Fuente oficial: gob.pe

¿Qué autoriza la norma?

La norma habilita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF y a favor del pliego 007: Ministerio del Interior.

Los recursos se destinan al Programa Presupuestal 0030, “Reducción de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana”, condicionados al cumplimiento de los indicadores y metas aprobados para el primer semestre de 2026.

Reglas de ejecución y control

  • El titular del pliego habilitado debe aprobar la desagregación de los recursos dentro de los cinco días calendario siguientes a la vigencia del Decreto Supremo.
  • La Oficina de Presupuesto debe instruir a las unidades ejecutoras para elaborar las notas de modificación presupuestaria.
  • Los recursos no pueden destinarse a fines distintos, bajo responsabilidad.

Lectura práctica para la gestión pública

El decreto no constituye una autorización general de gasto: vincula el financiamiento al Programa Presupuestal 0030 y al cumplimiento de metas de seguridad ciudadana. El Ministerio del Interior debe verificar la programación, desagregación y ejecución conforme al Sistema Nacional de Presupuesto.

La norma dispone que el detalle de los recursos consta en el anexo publicado en la sede digital del MEF. La unidad responsable debe contrastar ese anexo con sus registros antes de comprometer o devengar los recursos.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero se transfiere?

Se autoriza hasta S/ 50 millones con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF.

¿Quién recibe la transferencia?

El beneficiario es el Ministerio del Interior, para el Programa Presupuestal 0030 de seguridad ciudadana.

¿Qué plazo tiene el titular del pliego?

Debe aprobar la desagregación de los recursos dentro de los cinco días calendario siguientes a la vigencia del decreto.

¿Se pueden usar los recursos para otro fin?

No. El decreto prohíbe destinarlos a fines distintos, bajo responsabilidad.

¿Dónde se consulta el documento?

El texto oficial puede consultarse en gob.pe y descargarse mediante el botón “Descargar” de esta nota.

Fuente oficial: Decreto Supremo N.° 171-2026-EF en gob.pe

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