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DS 175-2026-EF: S/ 876 mil para Palmas Magisteriales

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Ilustración editorial de transferencia presupuestaria a gobiernos regionales para bonificaciones de Palmas Magisteriales
Ilustración editorial de transferencia presupuestaria a gobiernos regionales para bonificaciones de Palmas Magisteriales

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Fuente oficial: gob.pe

El Decreto Supremo N.° 175-2026-EF, publicado el 4 de setiembre de 2026, autoriza una transferencia de S/ 876 000 del Ministerio de Educación a diversos gobiernos regionales para financiar la sostenibilidad del pago de la bonificación económica correspondiente a los condecorados con las Palmas Magisteriales hasta el año 2024.

¿Qué dispone el DS 175-2026-EF?

La norma habilita recursos con cargo a Recursos Ordinarios y los distribuye entre gobiernos regionales para atender obligaciones vinculadas con beneficiarios de las Palmas Magisteriales. El anexo asigna recursos a unidades ejecutoras de educación y a obligaciones previsionales.

¿Cómo se distribuyen los recursos?

  • Total: S/ 876 000.
  • Destino: diversos gobiernos regionales.
  • Finalidad: bonificación económica de condecorados con Palmas Magisteriales hasta 2024.
  • Fuente: Recursos Ordinarios.

El anexo registra asignaciones para Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Lima. La mayor asignación regional consignada es la de Puno, por S/ 114 000.

Consulta el detalle por pliego y unidad ejecutora:

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Obligaciones para las entidades

Los titulares de los pliegos habilitadores y habilitados deben aprobar, mediante resolución, la desagregación de los recursos a nivel programático dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto. La copia de la resolución debe remitirse dentro de los cinco días calendario de aprobada, conforme al procedimiento presupuestario aplicable.

Las oficinas de presupuesto deben solicitar las codificaciones necesarias y coordinar con las unidades ejecutoras la elaboración de las notas de modificación presupuestaria. Los recursos no pueden destinarse a fines distintos, bajo responsabilidad.

Lectura práctica para la gestión pública

La transferencia no crea una autorización general de gasto: está vinculada a una finalidad concreta y a los pliegos identificados en el anexo. Cada gobierno regional debe verificar su asignación, registrar la modificación presupuestaria y conservar el sustento de la ejecución y del pago correspondiente.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero se transfiere?

Se transfieren S/ 876 000 con cargo a Recursos Ordinarios del presupuesto del Ministerio de Educación.

¿Quiénes reciben los recursos?

Diversos gobiernos regionales, según el detalle del anexo que forma parte integrante del decreto.

¿Para qué pueden utilizarse?

Para financiar la sostenibilidad del pago de la bonificación económica correspondiente a los condecorados con Palmas Magisteriales hasta el año 2024.

¿Qué plazo tienen los pliegos para desagregar los recursos?

El titular de cada pliego debe aprobar la desagregación a nivel programático dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto.

Documentos y fuente oficial

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