El Decreto Supremo N.° 123-2026-EF, publicado el 1 de julio de 2026 en el diario oficial El Peruano, autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 por S/ 79 038 236,00 a favor de los Gobiernos Regionales, destinados a financiar el costo diferencial de la remuneración íntegra mensual (RIM) de los profesores que ascendieron de escala magisterial en los Concursos Públicos de Ascenso de Escala 2025.
¿Qué pasó?
El Ministerio de Educación (MINEDU) solicitó al MEF una transferencia de partidas con cargo a su propio presupuesto institucional, para que los Gobiernos Regionales (que administran la educación básica y técnico-productiva en sus jurisdicciones) puedan pagar la diferencia salarial de los docentes que ascendieron de escala magisterial.
Flujo de la operación:
- Paso 1: MINEDU transfiere S/ 79 038 236 de su presupuesto institucional a los Gobiernos Regionales.
- Paso 2: Los recursos son por fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados a Personal y Obligaciones Sociales (gasto corriente).
- Paso 3: Beneficia a los profesores que ascendieron de escala en los Concursos Públicos de Ascenso de Escala de Educación Básica y Técnico-Productiva del año 2025 (en el marco de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial).
- Paso 4: El detalle de los Gobiernos Regionales beneficiarios y montos específicos está en el Anexo de la norma, publicado en www.gob.pe/minedu y www.gob.pe/mef.
📌 Nota: El DS se emite en el marco del artículo 82 de la Ley N.° 32513 (Presupuesto 2026), que faculta al MINEDU a realizar estas modificaciones presupuestarias hasta por S/ 587 272 027 en total para el año. El DS 123-2026-EF corresponde a una parte de ese monto global.
¿Por qué es relevante para municipios y regiones?
- Los Gobiernos Regionales son los ejecutores directos de la educación en sus jurisdicciones — son los que administran las plazas docentes.
- El pago del ascenso de escala magisterial es una obligación recurrente que impacta el presupuesto regional.
- Los Gobiernos Locales también se benefician indirectamente porque los docentes de zonas distritales y provinciales son parte de la misma región educativa.
- El DS fija un plazo de 5 días calendario para que los gobiernos regionales aprueben la desagregación presupuestal.
Base legal
- DS N.° 123-2026-EF (01/07/2026) — Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Regionales para ascenso magisterial.
- Ley N.° 32513 — Ley de Presupuesto del Sector Público para el AF 2026 (Art. 82).
- Ley N.° 29944 — Ley de Reforma Magisterial (ascenso de escala).
- Anexo de la norma — publicado en www.gob.pe/minedu y www.gob.pe/mef.
