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DS 179-2026-EF: Defensa recibe S/ 68,5 millones por el FEN

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Mesa institucional con documento presupuestario, mapa del Perú y obras de protección ribereña

El DS 179-2026-EF autoriza una transferencia de S/ 68 534 893 al Ministerio de Defensa para financiar 22 intervenciones de limpieza, descolmatación y conformación de bordos de protección en ríos y quebradas de seis departamentos ante el Fenómeno El Niño 2026-2027.

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¿Qué dispone el DS 179-2026-EF?

La norma transfiere recursos de la Reserva de Contingencia del MEF, por la fuente Recursos Ordinarios, al pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano. El financiamiento se dirige a actividades previstas en 22 fichas técnicas de prevención y reducción del riesgo de desastres identificadas por la Autoridad Nacional del Agua.

Las intervenciones se realizarán en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima e Ica, mediante el empleo del Equipo Mecánico de Ingeniería del Ejército Peruano. El dinero no puede destinarse a fines distintos de los autorizados.

Procedimiento y obligaciones institucionales

  • El titular del pliego debe aprobar la desagregación de los recursos a nivel programático dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto.
  • La Oficina de Presupuesto debe solicitar las codificaciones necesarias y ordenar la elaboración de las notas de modificación presupuestaria.
  • El Ministerio de Defensa y la ANA deben publicar un reporte anual con las acciones realizadas, los puntos críticos atendidos, su georreferenciación, código identificador y ficha técnica definitiva.

Implicancias para la gestión pública

La transferencia habilita gasto específico para prevención y respuesta ante el riesgo de inundaciones, pero no reemplaza la programación ni la sustentación técnica de cada intervención. Las áreas de presupuesto, administración y ejecución deben conservar la trazabilidad entre la ficha técnica, el punto crítico atendido y el gasto efectuado.

Los gobiernos regionales y municipalidades de los departamentos comprendidos deben coordinar técnicamente con las entidades responsables cuando las obras incidan en sus jurisdicciones, sin asumir que el decreto les transfiere recursos directamente.

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Documento y fuente oficial

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Vista previa editorial del Decreto Supremo 179-2026-EF sobre transferencia presupuestaria

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero se transfiere al Ministerio de Defensa?

El DS 179-2026-EF autoriza una transferencia de S/ 68 534 893 con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF.

¿Para qué se usarán los recursos?

Se usarán para limpiar y descolmatar cauces y conformar bordos de protección en 22 fichas técnicas de prevención y reducción del riesgo de desastres.

¿Qué departamentos están comprendidos?

Las intervenciones están previstas en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima e Ica.

¿Las municipalidades reciben directamente esta transferencia?

No. El decreto habilita recursos a favor del Ministerio de Defensa; las municipalidades deben coordinar técnicamente cuando corresponda, pero no son beneficiarias directas por esta norma.

¿Qué plazo tiene el pliego para desagregar los recursos?

El titular del pliego debe aprobar la desagregación dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto.

Fuente oficial: gob.pe — Ministerio de Economía y Finanzas

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