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Ley 32431: entidades deben adoptar medidas de adaptación para servidores con limitaciones de salud

Actualidad
Gestión de expedientes y recursos humanos en una entidad pública

SERVIR publicó nuevos criterios de aplicación para las entidades públicas y sus oficinas de recursos humanos.

El Informe Técnico N.° 000070-2026-SERVIR/DPGSC desarrolla las medidas de adaptación previstas por la Ley N.° 32431 y su reglamento. La entidad debe evaluar las condiciones de salud, físicas o cognitivas del servidor y adoptar ajustes razonables sin afectar su nivel remunerativo ni desnaturalizar el puesto.

¿Qué debe revisar la entidad?

  • Evaluar el informe médico y las limitaciones acreditadas.
  • Adoptar medidas de adaptación específicas y razonables.
  • Evitar que la adaptación implique reducción remunerativa o afectación arbitraria del puesto.

Documento oficial

Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.

Contenido informativo. La aplicación al caso concreto corresponde a la entidad competente.

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