SERVIR publicó nuevos criterios de aplicación para las entidades públicas y sus oficinas de recursos humanos.
El Informe Técnico N.° 000070-2026-SERVIR/DPGSC desarrolla las medidas de adaptación previstas por la Ley N.° 32431 y su reglamento. La entidad debe evaluar las condiciones de salud, físicas o cognitivas del servidor y adoptar ajustes razonables sin afectar su nivel remunerativo ni desnaturalizar el puesto.
¿Qué debe revisar la entidad?
- Evaluar el informe médico y las limitaciones acreditadas.
- Adoptar medidas de adaptación específicas y razonables.
- Evitar que la adaptación implique reducción remunerativa o afectación arbitraria del puesto.
Documento oficial
- Descargar PDF del Informe Técnico N.° 000070-2026-SERVIR/DPGSC
- Informe Técnico N°000070-2026-SERVIR/DPGSC en gob.pe
Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
Contenido informativo. La aplicación al caso concreto corresponde a la entidad competente.