SERVIR publicó nuevos criterios de aplicación para las entidades públicas y sus oficinas de recursos humanos.
La prohibición de nepotismo no constituye una prohibición general y absoluta para todo ingreso al sector público. La entidad debe verificar si la incorporación o designación se encuentra dentro de los supuestos legalmente prohibidos, considerando la relación de parentesco, el vínculo laboral y la intervención de quien ejerce la facultad de nombramiento o contratación.
¿Qué debe revisar la entidad?
- Determinar quién ejerció la facultad de nombramiento o contratación.
- Verificar el grado de parentesco y el ámbito de incompatibilidad.
- Documentar el análisis antes de adoptar una decisión.
Documento oficial
- Descargar PDF del Informe Técnico N.° 000071-2026-SERVIR/DPGSC
- Informe Técnico N°000071-2026-SERVIR/DPGSC en gob.pe
Fuente: Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
Contenido informativo. La aplicación al caso concreto corresponde a la entidad competente.
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