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RM 461-2026-EF/49: encargo de funciones del Viceministerio de Hacienda a Fabrizio Orrego durante el viaje del titular

Actualidad
Funcionario público peruano del Ministerio de Economía y Finanzas revisando informes presupuestales en su oficina institucional en Lima

La Resolución Ministerial N.° 461-2026-EF/49, publicada el 12 de octubre de 2026 en el Diario Oficial El Peruano, encarga al señor Fabrizio Orrego Peche, Viceministro de Economía, las funciones del Despacho Viceministerial de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) del 13 al 18 de octubre de 2026, en adición a sus funciones y mientras dure la ausencia del titular.

Documento principal: Resolución Ministerial N.° 461-2026-EF/49 (gob.pe) · 📄 Descargar

¿Qué pasó?

El Viceministro de Hacienda, Erick Wilfredo Lahura Serrano, fue autorizado a realizar una comisión de servicios a Bangkok (Reino de Tailandia) del 12 al 18 de octubre de 2026 mediante la Resolución Ministerial N.° 399-2026-EF/43. Para asegurar la continuidad del servicio durante su ausencia, solicitó —mediante el Memorando N.° 224-2026-EF/11.01— que se encargaran las funciones del Despacho Viceministerial de Hacienda al Viceministro de Economía, Fabrizio Orrego Peche.

El encargo se formalizó mediante la RM 461-2026-EF/49, firmada el 12 de octubre de 2026 por el Ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba Bustinza. El encargo opera en adición a las funciones del Viceministro de Economía (no lo sustituye en su propio cargo) y se extiende del 13 al 18 de octubre de 2026, en tanto dure la ausencia del titular.

Objeto, alcance y efectos de la norma

El objeto de la resolución es cubrir temporalmente la titularidad del Despacho Viceministerial de Hacienda ante la ausencia por comisión de servicios del titular, garantizando la continuidad de las funciones del puesto. Se trata de un encargo de funciones con retención del cargo: el funcionario no renuncia ni deja su puesto original, sino que asume transitoriamente el del Viceministerio de Hacienda.

El alcance es temporal y taxativo: comprende únicamente del 13 al 18 de octubre de 2026 y se mantiene solo mientras dure la ausencia del titular. Sus efectos prácticos son: (i) habilita al viceministro encargado para despachar y adoptar decisiones propias del Viceministerio de Hacienda; (ii) obliga a notificar la medida al funcionario encargado y a la Oficina General de Recursos Humanos del MEF; y (iii) dispone su publicación en la sede digital del Ministerio (www.gob.pe/mef).

¿Qué es el Viceministerio de Hacienda y por qué importa el encargo?

El Despacho Viceministerial de Hacienda es el órgano de segundo nivel del MEF responsable, entre otras materias, de la política fiscal, el presupuesto público, el tesoro público y la gestión de la deuda del Estado. Por ello, cualquier encargo temporal de esas funciones es relevante para las entidades públicas: afecta la continuidad de las decisiones sobre normas presupuestales, transferencias, modificaciones presupuestarias, operaciones de endeudamiento y demás actos de gestión fiscal que se tramitan por ese Despacho.

Cargos y personas involucradas

RolNombre / detalle
Funcionario encargadoFabrizio Orrego Peche, Viceministro de Economía
Cargo encargadoDespacho Viceministerial de Hacienda del MEF
Titular ausenteErick Wilfredo Lahura Serrano, Viceministro de Hacienda
Motivo de la ausenciaComisión de servicios a Bangkok (Tailandia), RM N.° 399-2026-EF/43
Periodo del encargoDel 13 al 18 de octubre de 2026
CarácterEn adición a sus funciones y con retención del cargo
Firmada porElmer Cuba Bustinza, Ministro de Economía y Finanzas

Marco legal aplicable

  • Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo: su artículo 26 (penúltimo párrafo) permite que el Ministro encargue a un Viceministro desempeñar el cargo de otro Viceministro por ausencia del titular, con retención de su propio cargo.
  • Decreto Legislativo N.° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas.
  • Resolución Ministerial N.° 291-2026-EF/41, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MEF.
  • Resolución Ministerial N.° 399-2026-EF/43, que autoriza la comisión de servicios del titular del Viceministerio de Hacienda.

Implicancias para las entidades públicas

  • El encargo de funciones es una figura excepcional y temporal: se limita a cubrir la ausencia del titular y no crea cargos permanentes ni derechos adquiridos.
  • La medida surte efecto desde la fecha indicada (13 de octubre) y no desde la publicación; conviene verificar el periodo exacto antes de dirigir trámites al Despacho.
  • Las áreas de recursos humanos deben registrar el encargo y notificar formalmente al funcionario, conforme dispone el artículo 2 de la resolución.
  • Para los administrados y entidades que tramitan ante el MEF, los actos emitidos por el Despacho encargado dentro del periodo mantienen plena validez.
  • La resolución se sustenta en la normativa de organización del Poder Ejecutivo; su lógica es replicable en otros ministerios ante ausencias temporales.

Acciones recomendadas

  • Verificar en la resolución el cargo encargado, la persona y el periodo exacto antes de remitir documentos o solicitudes.
  • Confirmar que el acto se haya publicado en la sede digital del sector, requisito de publicidad de la medida.
  • Registrar el encargo en el legajo y en los sistemas de recursos humanos para efectos de trazabilidad de firmas y responsabilidades.
  • Distinguir el encargo de funciones (retención del cargo) de la designación en propiedad y de la encargatura por vacancia, cuyos efectos legales difieren.

Preguntas frecuentes

¿Qué dispone la RM 461-2026-EF/49?

Encarga al señor Fabrizio Orrego Peche, Viceministro de Economía, las funciones del Despacho Viceministerial de Hacienda del MEF, del 13 al 18 de octubre de 2026, en adición a sus funciones y mientras dure la ausencia del titular.

¿Por qué se encargaron esas funciones?

Porque el Viceministro de Hacienda, Erick Wilfredo Lahura Serrano, fue autorizado a una comisión de servicios a Bangkok (Tailandia) del 12 al 18 de octubre de 2026. Para asegurar la continuidad del servicio, se encargó su despacho a otro viceministro.

¿El viceministro encargado deja su propio cargo?

No. El encargo se realiza con retención de su cargo y en adición a sus funciones: Fabrizio Orrego Peche sigue siendo Viceministro de Economía y asume transitoriamente, además, el Despacho Viceministerial de Hacienda.

¿Cuál es la base legal del encargo entre viceministros?

El penúltimo párrafo del artículo 26 de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que permite al Ministro encargar a un Viceministro desempeñar el cargo de otro Viceministro por ausencia del titular.

¿Hasta cuándo rige el encargo?

Del 13 al 18 de octubre de 2026, o hasta que cese la ausencia del titular del Despacho Viceministerial de Hacienda, lo que ocurra primero.

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