El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó transferir S/ 447 000 405 al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) para ejecutar 383 intervenciones de limpieza y descolmatación de cauces de ríos y quebradas, como preparación y respuesta frente al Fenómeno El Niño 2026-2027. Así lo establece el Decreto Supremo N.° 164-2026-EF, publicado el 20 de agosto de 2026 en el diario oficial El Peruano, con cargo a la Reserva de Contingencia.
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Fuente oficial: gob.pe — MEF, normas legales

¿Qué pasó?
El DS 164-2026-EF autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por S/ 447 000 405,00 (cuatrocientos cuarenta y siete millones cuatrocientos cinco y 00/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF.
Los recursos financiarán 383 intervenciones de limpieza y descolmatación de cauces de ríos y quebradas como acciones de preparación y respuesta frente a los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027, así como los gastos operativos y acciones de gestión vinculados a su ejecución e implementación. La medida se enmarca en el estado de emergencia declarado por el DS 097-2026-PCM en distritos de 22 departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales.
¿A cuánto asciende la transferencia y quién la recibe?
El monto total transferido es de S/ 447 000 405, distribuido entre las unidades ejecutoras de MIDAGRI según el Anexo I del decreto:
| Unidad Ejecutora | Concepto | Monto (S/) |
|---|---|---|
| MIDAGRI — Administración Central | Intervenciones extraordinarias FEN | 3 343 960 |
| PSI — Programa Subsectorial de Irrigación | Atención de actividades de emergencia | 292 829 465 |
| PSI — Programa Subsectorial de Irrigación | Intervenciones extraordinarias FEN | 7 490 300 |
| AGRORURAL — Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural | Atención de actividades de emergencia | 120 256 329 |
| AGRORURAL | Intervenciones extraordinarias FEN | 3 762 400 |
| Jequetepeque-Zaña | Atención de actividades de emergencia | 18 728 051 |
| Jequetepeque-Zaña | Intervenciones extraordinarias FEN | 589 900 |
| TOTAL | 447 000 405 |
Los 383 puntos críticos a intervenir, región por región
El Anexo II del decreto lista los 383 puntos críticos con su ubicación hidrográfica (cuenca, río o quebrada, AAA y ALA) y administrativa (departamento, provincia, distrito y sector). La distribución por departamento es la siguiente:
| Departamento | Puntos críticos |
|---|---|
| Lima | 121 |
| Arequipa | 72 |
| La Libertad | 48 |
| Ica | 45 |
| Áncash | 40 |
| Piura | 31 |
| Lambayeque | 26 |
| Total | 383 |
El Titular de MIDAGRI debe publicar en su sede digital y a través de la Autoridad Nacional del Agua, en el Observatorio Nacional de Recursos Hídricos, el reporte anual de acciones ejecutadas con los puntos críticos atendidos georreferenciados y su ficha técnica definitiva.

¿Cómo se ejecuta la transferencia?
El procedimiento es el siguiente:
- El Titular del pliego habilitado aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos a nivel programático dentro de los 5 días calendario de vigencia del decreto.
- La Oficina de Presupuesto del pliego solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones necesarias por incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.
- Las unidades ejecutoras elaboran las Notas de Modificación Presupuestaria correspondientes.
- Los recursos no pueden destinarse a fines distintos de los previstos, bajo responsabilidad.
El decreto es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, Elmer Rafael Cuba Bustinza, y por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Marco Antonio Vinelli Ruiz.
¿Por qué es relevante para la gestión pública?
Esta transferencia es clave para la gestión presupuestaria del sector agrario y para los gobiernos locales y regionales de la costa norte y centro del país, que concentran los puntos críticos ante el Fenómeno El Niño. Para los gestores públicos, la norma define con precisión el destino de los recursos: limpieza y descolmatación de cauces como medida de prevención, con reporte obligatorio de resultados georreferenciados. La ejecución oportuna de estas 383 intervenciones puede reducir significativamente el riesgo de inundaciones en zonas urbanas y agrícolas durante la temporada de lluvias 2026-2027.
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Preguntas frecuentes
¿Qué hace el DS 164-2026-EF?
Autoriza una Transferencia de Partidas por S/ 447 000 405 a favor de MIDAGRI, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF, para financiar 383 intervenciones de limpieza y descolmatación de cauces de ríos y quebradas ante el Fenómeno El Niño 2026-2027.
¿Cuándo se publicó el DS 164-2026-EF?
Se publicó el 20 de agosto de 2026 en el diario oficial El Peruano, en la sección Normas Legales del Poder Ejecutivo (Economía y Finanzas).
¿Qué departamentos están incluidos en los 383 puntos críticos?
Según el Anexo II: Lima (121), Arequipa (72), La Libertad (48), Ica (45), Áncash (40), Piura (31) y Lambayeque (26).
¿En qué plazo debe aprobarse la desagregación presupuestaria?
El Titular de MIDAGRI debe aprobar la desagregación a nivel programático dentro de los 5 días calendario de la vigencia del decreto, mediante resolución.
¿Qué es la Reserva de Contingencia del MEF?
Es un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del MEF destinado a financiar gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden preverse en los presupuestos de los pliegos (artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N.° 1440).
Fuente oficial: gob.pe — MEF, normas legales