Respuesta directa: El MEF autorizó una transferencia de partidas de S/ 3 000 000 a FONDEPES para mantener 12 Desembarcaderos Pesqueros Artesanales y mitigar los efectos del Fenómeno El Niño.
Transferencia de partidas para FONDEPES
El Decreto Supremo N.° 193-2026-EF, publicado el 18 de setiembre de 2026, habilita recursos con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF. El financiamiento se dirige al mantenimiento preventivo y correctivo de doce desembarcaderos pesqueros artesanales.
¿Cómo se ejecutan los recursos?
El monto se incorpora en el pliego 059: Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, unidad ejecutora 001, dentro de la actividad de intervenciones extraordinarias vinculadas al Fenómeno El Niño. La partida corresponde a bienes y servicios.
FONDEPES debe aprobar la desagregación presupuestaria a nivel programático dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto. La oficina de presupuesto debe gestionar las codificaciones necesarias y las notas de modificación presupuestaria que correspondan.
Implicancias para la gestión pública
- El recurso tiene una finalidad específica: mantenimiento preventivo y correctivo de 12 desembarcaderos.
- La ejecución debe conservar trazabilidad presupuestaria y documental.
- No está permitido destinar la transferencia a fines distintos, bajo responsabilidad.
- La entidad debe cumplir los plazos de desagregación y remisión de la resolución institucional.
Preguntas frecuentes
¿Qué autoriza el DS 193-2026-EF?
Autoriza una transferencia de partidas de S/ 3 000 000 a favor de FONDEPES para el mantenimiento preventivo y correctivo de 12 Desembarcaderos Pesqueros Artesanales, con el fin de mitigar los efectos del Fenómeno El Niño.
¿De dónde provienen los recursos?
Los recursos provienen de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.
¿Qué debe hacer FONDEPES?
El titular del pliego habilitado debe aprobar la desagregación de los recursos dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto y remitir copia de la resolución dentro de los cinco días siguientes a su aprobación.
¿Puede cambiarse el destino del dinero?
No. Los recursos solo pueden utilizarse para la finalidad autorizada; destinarlos a fines distintos genera responsabilidad.
Enlaces oficiales
Fuente oficial: gob.pe — Ministerio de Economía y Finanzas
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