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Redes de enmalle: tres usos activos prohibidos en el litoral

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Pescadores artesanales revisan una red de enmalle en la costa peruana

PRODUCE prohibió en todo el litoral nacional el uso activo de redes de enmalle —también llamadas redes de cortina— y trasmallo en tres modalidades: red de enmalle corrida, red en V con rondana activa y red corrida con bidón. La prohibición se aplica con o sin embarcación y no alcanza al empleo verdaderamente pasivo de la red de cortina. Así lo establece la R.M. N.° 00395-2026-PRODUCE.

Resolución Ministerial N.° 00395-2026-PRODUCE

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Texto completo · 3 páginas · Diario Oficial El Peruano

¿A quiénes aplica?

  • Pescadores artesanales y de menor escala que emplean redes de enmalle o trasmallo.
  • Titulares y tripulantes de embarcaciones pesqueras que calan o desplazan estas redes cerca de la costa.
  • Direcciones regionales de producción y pesca, con competencias de difusión, control y fiscalización.
  • Fiscalizadores de PRODUCE y DICAPI, que deben identificar la maniobra y no solo el nombre local del arte.
  • Organizaciones pesqueras que capacitan a sus integrantes sobre artes permitidas y prohibidas.

Las tres modalidades prohibidas

  • Red de enmalle corrida: se coloca perpendicular a la costa y se tira o jala desde la playa, formando un semicírculo durante la captura. Ese halado la convierte en red de tiro activa. La norma aclara que no comprende a la cortina usada pasivamente.
  • Red de enmalle en V con rondana activa: usa cabos en forma de V, un anclaje con rondana y puntos de sujeción en la playa; la red se cala, cobra o tira hacia la orilla, incluso entre peñas, roqueríos o islotes.
  • Red de enmalle corrida con bidón: conecta la red a un objeto flotante y a una embarcación; luego se hala o desplaza paralela o diagonalmente a la playa, antes o fuera de la rompiente.

La clave no es el nombre: es si la red se desplaza durante la captura

El artículo 3 define el elemento común: existe uso activo cuando la red se desplaza durante la captura, sin importar la dirección, el medio utilizado para moverla o el nombre que reciba localmente. Por eso cambiar la denominación de la maniobra no evita la prohibición.

La red de enmalle fue concebida como arte pasivo: se mantiene vertical en la columna de agua y la captura ocurre cuando la especie se desplaza hacia ella. Cuando el pescador la hala o la mueve para encerrar o barrer el área, altera ese principio de operación.

Por qué se prohibió

Los informes técnicos del IMARPE y de PRODUCE identificaron riesgos por contacto y arrastre sobre fondos vulnerables, captura de juveniles y especies no objetivo, pérdida de redes y pesca fantasma, además de peligro para los propios pescadores. Los ecosistemas mencionados incluyen arrecifes, acantilados, fondos mixtos, rompientes y orillas de canto rodado.

Fiscalización y sanciones

El incumplimiento se sanciona con arreglo a la Ley General de Pesca, su Reglamento y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas. El numeral 14 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca ya considera infracción usar un arte no autorizado o emplear uno permitido alterando su uso activo o pasivo.

  • PRODUCE debe difundir la regla y vigilar su cumplimiento mediante sus direcciones competentes.
  • Los gobiernos regionales conservan las acciones que les correspondan dentro de sus competencias pesqueras.
  • La Dirección General de Capitanías y Guardacostas interviene en el ámbito de sus competencias.
  • El acta de fiscalización debe describir la maniobra observada: desplazamiento, halado, dirección, puntos de sujeción y uso de embarcación.

Qué deben hacer las organizaciones y pescadores

  • Revise si la red permanece pasiva o si es desplazada para capturar; ese es el criterio decisivo.
  • Deje de usar cualquiera de las tres maniobras descritas, aun cuando tenga una denominación local distinta.
  • Capacite a tripulantes y pescadores con ejemplos operativos de cada modalidad.
  • Verifique que la red, cabos, bidones, rondanas y forma de cobro no configuren un método activo.
  • Ante una fiscalización, identifique el arte y explique documentadamente su forma de operación; la autorización del arte no permite alterar su uso pasivo.

Lo que la resolución no prohíbe

La resolución no contiene una prohibición general de toda red de enmalle o trasmallo. Prohíbe su uso activo en las modalidades descritas. El propio artículo 2 excluye de la red corrida a la cortina empleada de manera pasiva. Esa distinción debe respetarse tanto por los operadores como por la fiscalización.

Preguntas frecuentes

¿La prohibición rige solo en Cañete?

No. Aunque los estudios incluyeron evidencia recogida en Cañete, el artículo 1 extiende la prohibición a todo el litoral nacional.

¿Se aplica si no se utiliza embarcación?

Sí. La norma comprende operaciones con o sin embarcación.

¿Toda red de enmalle está prohibida?

No. Se prohíbe el uso activo en las tres modalidades descritas; la red de cortina utilizada de manera pasiva no queda comprendida por esa sola condición.

¿Qué convierte a la red en un método activo?

Su desplazamiento durante la captura, cualquiera sea la dirección, el medio usado para moverla o la denominación local.

¿Quién fiscaliza?

Intervienen las direcciones competentes de PRODUCE, las dependencias pesqueras regionales y DICAPI dentro de sus respectivas competencias.

Descargar la resolución

Resolución Ministerial N.° 00395-2026-PRODUCE

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Texto completo · 3 páginas · Diario Oficial El Peruano

Fuente oficial: busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2572389-1

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