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DS 205-2026-EF: MEF actualiza entidades exceptuadas del IGV

Actualidad
Ilustración sobre el listado de entidades exceptuadas de la percepción del IGV aprobado por el MEF

El DS 205-2026-EF publicado el 30 de setiembre de 2026 en el diario oficial El Peruano por un monto de S/ 670 364,00.

¿Qué pasó?

Mediante DS 205-2026-EF se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de diversas entidades públicas.

Detalle de la norma

Artículo 1.- Objeto

1.1 Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 670 364,00 (SEISCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos regionales, para financiar los gastos de operatividad y funcionamiento institucional, que implican la contratación de sesenta y cuatro (64) especialistas en procedimientos administrativos disciplinarios, por el periodo de noviembre a diciembre de 2026, relacionados con la implementación de la intervención y acción pedagógica denominada “El

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente

resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN ALFREDO BARRANTES BRAVO Presidente Ejecutivo Instituto Nacional de Innovación Agraria 2559496-2 Designan Director General de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del INIA INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 185-2026-MIDAGRI-INIA Lima, 29 de setiembre de 2026 VISTO: El Informe Nº 0178-2026-MIDAGRI-INIA-GG/ OGRH de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y sus antecedentes y el Informe Nº 548-2026-MIDAGRIINIA-GG/OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director General de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), siendo necesario designar al/a la profesional que se desempeñará en dicho cargo; Que, mediante Informe Nº 0178-2026-MIDAGRI-INIAGG/OGRH, de fecha 28 de septiembre de 2026, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos indica que, en el marco de sus competencias, ha realizado la evaluación de la propuesta de designación del señor JOSÉ ALBERTO LAOS ESPINOZA en el cargo de confianza de Director General de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA); así como también señala la viabilidad del profesional propuesto para asumir dicho cargo, en atención a que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos del INIA, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 030-2026-INIA-GG, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del INIA, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0175-2025-MIDAGRI, y lo dispuesto en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y otras disposiciones, modificada con Ley Nº 32507; y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y sus modificatorias; y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública; Que, con Informe Nº…

Artículo 3. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil veintiséis. KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI Presidenta de la República ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA Ministro de Economía y Finanzas 2559612-2 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 206-2026-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32618, Ley que modifica la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, para incorporar en sus alcances a los profesores de las instituciones educativas de educación básica y de educación técnico-productiva de los establecimientos penitenciarios y universidades públicas, autoriza, durante el Año Fiscal 2026, al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático y modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades de su sector, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa, según corresponda, para el financiamiento de los gastos vinculados con la política remunerativa de los docentes, los estudios y las inversiones del sector educación, la oferta y la gestión educativa, y los gastos para la operatividad y funcionamiento institucional; incluyendo las intervenciones en favor de los locales de instituciones educativas públicas que presentan riesgos para su funcionamiento, que se realizan de manera directa o a través de depósitos en la cuenta de sus representantes, así como para el servicio de conectividad. Miércoles 30 de setiembre de 2026 / El Peruano Para tal efecto, el Ministerio de Educación, sujeto a su disponibilidad presupuestal, queda exonerado de lo dispuesto en los numerales 9.1, 9.2 y 9.4 del artículo 9, el artículo 11 y el artículo 34 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, así como de los incisos 3 y 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto…

¿Por qué es relevante para gobiernos locales?

  • Los gobiernos locales pueden ser beneficiarios directos de las transferencias de partidas autorizadas. Los alcaldes y gerentes municipales deben verificar si su municipalidad está incluida en los anexos de la norma.
  • Las modificaciones presupuestarias tienen impacto en la ejecución del gasto público y en la programación financiera de las entidades beneficiarias.
  • Los titulares de los pliegos son responsables de la correcta ejecución, sostenibilidad y rendición de cuentas de los recursos transferidos.

Lectura práctica para la gestión pública

El efecto presupuestario debe confirmarse en los anexos de la norma: allí se precisan las entidades habilitadas, los montos y la finalidad del gasto. La publicación resume el alcance para facilitar esa verificación antes de iniciar cualquier modificación presupuestaria.

La incorporación de los recursos no autoriza a cambiar su destino. La oficina de presupuesto, la unidad ejecutora y el área usuaria deben coordinar la programación, certificación y ejecución respetando las reglas del Sistema Nacional de Presupuesto y la documentación sustentatoria.

Acciones recomendadas

  • Revisar el texto de DS 205-2026-EF y confirmar que la entidad se encuentra dentro de su ámbito de aplicación.
  • Asignar la revisión al área responsable y conservar el sustento de la decisión o registro efectuado.
  • Verificar plazos, montos, finalidad y restricciones antes de emitir actos administrativos o comprometer recursos.
  • Coordinar con presupuesto, administración y el área usuaria cuando la medida requiera ejecución institucional.

Preguntas frecuentes

¿Qué dispone el DS 205-2026-EF?

Decreto Supremo que aprueba el Listado de Entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del Impuesto General a las Ventas

¿A quiénes se aplica?

Se aplica a los sujetos y entidades comprendidos en el ámbito definido por DS 205-2026-EF; la entidad debe verificar esa condición antes de ejecutarla.

¿Qué debe verificar la entidad?

Debe revisar el objeto, el ámbito de aplicación, la vigencia, los responsables, los plazos y las restricciones previstos en el texto oficial.

¿Dónde se consulta el texto oficial?

En el enlace a la norma original y en el documento descargable que acompaña esta nota.

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