El 000151-2026-SERVIR-PE publicado el 2026-09-23 en el diario oficial El Peruano por un monto de S/ 107 166 701,00.
¿Qué pasó?
Mediante 000151-2026-SERVIR-PE se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de diversas entidades públicas.
Detalle de la norma
Artículo 1.- Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto
Institucional del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 77,642,00 (SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), de acuerdo al siguiente detalle: Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.servir.gob.pe/VerificaDocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: MUVSRYY Pasaje Francisco de Zela 150, piso 10 Jesús María, Lima Página 3 de 6 Documento electrónico
Artículo 2.- La Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización solicita a la Dirección
General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
Artículo 3.- La Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización elabora las
correspondientes Notas de Modificación Presupuestaria que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.
Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a los organismos
señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dentro de los cinco (05) días calendario posteriores a su aprobación.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la
sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir). Regístrese, comuníquese y publíquese. Firmado por CECILIA DEL PILAR GARCIA DIAZ Presidenta Ejecutiva Presidencia Ejecutiva Firmado por (VB) JOSE ANGEL VALDIVIA MORON Gerente General Gerencia General Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://sgd.servir.gob.pe/VerificaDocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: MUVSRYY Pasaje Francisco de Zela 150, piso 10 Jesús María, Lima Página 5 de 6 Documento electrónico
¿Por qué es relevante para gobiernos locales?
- Los gobiernos locales pueden ser beneficiarios directos de las transferencias de partidas autorizadas. Los alcaldes y gerentes municipales deben verificar si su municipalidad está incluida en los anexos de la norma.
- Las modificaciones presupuestarias tienen impacto en la ejecución del gasto público y en la programación financiera de las entidades beneficiarias.
- Los titulares de los pliegos son responsables de la correcta ejecución, sostenibilidad y rendición de cuentas de los recursos transferidos.
Lectura práctica para la gestión pública
El efecto presupuestario debe confirmarse en los anexos de la norma: allí se precisan las entidades habilitadas, los montos y la finalidad del gasto. La publicación resume el alcance para facilitar esa verificación antes de iniciar cualquier modificación presupuestaria.
La incorporación de los recursos no autoriza a cambiar su destino. La oficina de presupuesto, la unidad ejecutora y el área usuaria deben coordinar la programación, certificación y ejecución respetando las reglas del Sistema Nacional de Presupuesto y la documentación sustentatoria.
Acciones recomendadas
- Revisar el texto de 000151-2026-SERVIR-PE y confirmar que la entidad se encuentra dentro de su ámbito de aplicación.
- Asignar la revisión al área responsable y conservar el sustento de la decisión o registro efectuado.
- Verificar plazos, montos, finalidad y restricciones antes de emitir actos administrativos o comprometer recursos.
- Coordinar con presupuesto, administración y el área usuaria cuando la medida requiera ejecución institucional.
Preguntas frecuentes
¿Qué dispone el 000151-2026-SERVIR-PE?
Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil para el Año Fiscal 2026
¿A quiénes se aplica?
Se aplica a los sujetos y entidades comprendidos en el ámbito definido por 000151-2026-SERVIR-PE; la entidad debe verificar esa condición antes de ejecutarla.
¿Qué debe verificar la entidad?
Debe revisar el objeto, el ámbito de aplicación, la vigencia, los responsables, los plazos y las restricciones previstos en el texto oficial.
¿Dónde se consulta el texto oficial?
En el enlace a la norma original y en el documento descargable que acompaña esta nota.
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