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Decreto Supremo N.° 203-2026-EF: S/ 1,8 millones para limpieza pública por visita del papa León XIV

Actualidad

El Decreto Supremo N.° 203-2026-EF, publicado el 26 de septiembre de 2026, autoriza una transferencia de partidas de hasta S/ 1 846 267,00, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF y por la fuente Recursos Ordinarios.

¿Por qué se aprobó la transferencia?

La medida responde a una necesidad extraordinaria y coyuntural: financiar el servicio de limpieza pública y el recojo de residuos sólidos durante la visita de Su Santidad el papa León XIV al Perú, prevista del 11 al 17 de noviembre de 2026. Las municipalidades solicitaron los recursos porque ese gasto no fue previsto en sus presupuestos institucionales del año fiscal.

El decreto se sustenta en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N.° 1440, que permiten utilizar la Reserva de Contingencia para gastos que, por su naturaleza y coyuntura, no pudieron ser programados oportunamente.

¿Quiénes son los beneficiarios y cuánto recibe cada municipalidad?

DepartamentoGobierno localMonto
CajamarcaMunicipalidad Provincial de Santa CruzS/ 126 483
LambayequeMunicipalidad Provincial de ChiclayoS/ 438 367
LambayequeMunicipalidad Distrital de La VictoriaS/ 38 370
LambayequeMunicipalidad Distrital de PimentelS/ 313 840
LambayequeMunicipalidad Distrital de ZañaS/ 177 830
UcayaliMunicipalidad Distrital de YarinacochaS/ 301 377
UcayaliMunicipalidad Distrital de ManantayS/ 450 000
TotalS/ 1 846 267

¿Qué pueden financiar las municipalidades?

Los recursos están habilitados únicamente para bienes y servicios vinculados con la limpieza pública y el recojo de residuos sólidos asociados a la visita. No constituyen recursos de libre disponibilidad: destinarlos a una finalidad distinta genera responsabilidad.

Plazos y obligaciones presupuestarias

  • Los titulares de los pliegos deben aprobar la desagregación de los recursos, a nivel funcional programático, dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto.
  • La oficina de presupuesto debe solicitar las codificaciones necesarias y elaborar las Notas de Modificación Presupuestaria.
  • La copia de la resolución de desagregación debe remitirse dentro de los cinco días calendario de aprobada.
  • La ejecución debe guardar correspondencia con la finalidad autorizada y contar con la documentación sustentatoria.

Documentos oficiales y anexos

La norma tiene un anexo integrante que identifica los siete gobiernos locales beneficiarios, sus códigos UBIGEO y los montos asignados. El anexo fue publicado separadamente por el MEF y se incluye para verificación y descarga.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el monto total?

S/ 1 846 267,00.

¿Qué municipalidades reciben los recursos?

Santa Cruz, Chiclayo, La Victoria, Pimentel, Zaña, Yarinacocha y Manantay, según el detalle del anexo.

¿Se puede usar el dinero para otra finalidad?

No. El artículo 3 prohíbe destinarlo, bajo responsabilidad, a fines distintos de los autorizados.

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