El Decreto Supremo N.° 203-2026-EF, publicado el 26 de septiembre de 2026, autoriza una transferencia de partidas de hasta S/ 1 846 267,00, con cargo a la Reserva de Contingencia del MEF y por la fuente Recursos Ordinarios.
¿Por qué se aprobó la transferencia?
La medida responde a una necesidad extraordinaria y coyuntural: financiar el servicio de limpieza pública y el recojo de residuos sólidos durante la visita de Su Santidad el papa León XIV al Perú, prevista del 11 al 17 de noviembre de 2026. Las municipalidades solicitaron los recursos porque ese gasto no fue previsto en sus presupuestos institucionales del año fiscal.
El decreto se sustenta en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N.° 1440, que permiten utilizar la Reserva de Contingencia para gastos que, por su naturaleza y coyuntura, no pudieron ser programados oportunamente.
¿Quiénes son los beneficiarios y cuánto recibe cada municipalidad?
| Departamento | Gobierno local | Monto |
|---|---|---|
| Cajamarca | Municipalidad Provincial de Santa Cruz | S/ 126 483 |
| Lambayeque | Municipalidad Provincial de Chiclayo | S/ 438 367 |
| Lambayeque | Municipalidad Distrital de La Victoria | S/ 38 370 |
| Lambayeque | Municipalidad Distrital de Pimentel | S/ 313 840 |
| Lambayeque | Municipalidad Distrital de Zaña | S/ 177 830 |
| Ucayali | Municipalidad Distrital de Yarinacocha | S/ 301 377 |
| Ucayali | Municipalidad Distrital de Manantay | S/ 450 000 |
| Total | S/ 1 846 267 | |
¿Qué pueden financiar las municipalidades?
Los recursos están habilitados únicamente para bienes y servicios vinculados con la limpieza pública y el recojo de residuos sólidos asociados a la visita. No constituyen recursos de libre disponibilidad: destinarlos a una finalidad distinta genera responsabilidad.
Plazos y obligaciones presupuestarias
- Los titulares de los pliegos deben aprobar la desagregación de los recursos, a nivel funcional programático, dentro de los cinco días calendario de la vigencia del decreto.
- La oficina de presupuesto debe solicitar las codificaciones necesarias y elaborar las Notas de Modificación Presupuestaria.
- La copia de la resolución de desagregación debe remitirse dentro de los cinco días calendario de aprobada.
- La ejecución debe guardar correspondencia con la finalidad autorizada y contar con la documentación sustentatoria.
Documentos oficiales y anexos
La norma tiene un anexo integrante que identifica los siete gobiernos locales beneficiarios, sus códigos UBIGEO y los montos asignados. El anexo fue publicado separadamente por el MEF y se incluye para verificación y descarga.
📄 Descargar Texto del decreto supremo
📄 Descargar Anexo con beneficiarios y montos
Fuente oficial: Ministerio de Economía y Finanzas — gob.pe
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el monto total?
S/ 1 846 267,00.
¿Qué municipalidades reciben los recursos?
Santa Cruz, Chiclayo, La Victoria, Pimentel, Zaña, Yarinacocha y Manantay, según el detalle del anexo.
¿Se puede usar el dinero para otra finalidad?
No. El artículo 3 prohíbe destinarlo, bajo responsabilidad, a fines distintos de los autorizados.
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