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Informe 275-2026: ¿cómo denunciar incumplimientos del SAGRH?

Actualidad
Persona presenta una denuncia documentada ante SERVIR mediante un canal digital

Sí. Cualquier persona natural o jurídica puede denunciar ante la Dirección de Supervisión de SERVIR un presunto incumplimiento de las normas o políticas de la gestión pública vinculadas con el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH), siempre que identifique a la entidad, describa el hecho y aporte los medios probatorios disponibles. El Informe Técnico N.° 000275-2026-SERVIR-DPGSC precisa además que SERVIR supervisa y puede recomendar medidas correctivas, pero no actúa como instancia previa para resolver casos individuales.

¿A quiénes aplica este criterio?

  • A personas naturales o jurídicas que conozcan un presunto incumplimiento del SAGRH.
  • A entidades públicas y empresas estatales sujetas al SAGRH.
  • A las oficinas de recursos humanos, que integran el nivel descentralizado responsable de implementar las normas del sistema.
  • A la Dirección de Supervisión de SERVIR, cuando corresponda realizar acciones de fiscalización y seguimiento.

Qué competencia tiene SERVIR

El Decreto Legislativo N.° 1023 atribuye a SERVIR la supervisión de las acciones de las entidades públicas en el ámbito de su competencia. En fiscalización posterior y cuando lo considere conveniente, puede revisar el cumplimiento de las políticas y normas del SAGRH, recomendar la revisión de decisiones o actos y proponer medidas correctivas para fortalecer a la oficina de recursos humanos.

La opinión técnica también marca un límite importante: SERVIR absuelve consultas generales sobre el sentido y alcance de la normativa, pero no emite por esta vía un pronunciamiento vinculante sobre una situación concreta ni reemplaza a la entidad en la adopción de sus decisiones.

Cómo se presenta una denuncia

La denuncia se tramita conforme a los lineamientos aprobados por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000126-2026-SERVIR-PE. Puede presentarse por la mesa de partes física de SERVIR o mediante su mesa de partes digital. El informe señala que la denuncia debe permitir identificar el hecho, la entidad y los elementos que permitan su verificación.

  • Nombre de la entidad pública o empresa estatal denunciada.
  • Nombre e identificación del denunciante; la identidad puede reservarse si se solicita, salvo que resulte necesaria para la verificación.
  • Descripción de la actuación, omisión o acto que presuntamente incumple las normas o políticas del SAGRH.
  • Dirección física y electrónica para recibir comunicaciones.
  • Medios probatorios que sustenten la denuncia.
  • Indicación de si por los mismos hechos se presentó un recurso de apelación o una demanda judicial, adjuntando la evidencia cuando corresponda.

Lo que SERVIR dispone y lo que recomendamos

Regla de SERVIR: los incumplimientos de las normas y políticas del SAGRH, incluidas las relacionadas con la jornada de trabajo, pueden ser denunciados ante SERVIR por los canales institucionales; la Dirección de Supervisión puede realizar las acciones que correspondan.

Recomendación editorial: antes de presentar el escrito, conviene ordenar los hechos por fecha, identificar la norma presuntamente incumplida, separar hechos comprobables de valoraciones y adjuntar documentos legibles. Esta organización facilita la revisión, pero no agrega requisitos distintos de los establecidos por la normativa.

Alcance y límites

La presentación de una denuncia no significa que SERVIR haya comprobado la infracción ni garantiza una medida correctiva. La autoridad debe precalificar y evaluar la denuncia conforme a la directiva aplicable. Tampoco corresponde usar este procedimiento para convertir una consulta general en una decisión sobre la legalidad de un caso individual o para sustituir los recursos administrativos y procesos judiciales que correspondan.

En la práctica

  • Identifique con precisión a la entidad denunciada y el acto, omisión o actuación cuestionada.
  • Relacione cada hecho con la norma o política del SAGRH que considera incumplida.
  • Adjunte documentos, comunicaciones, resoluciones u otros elementos que permitan verificar el hecho.
  • Declare si existen recursos administrativos o demandas judiciales por los mismos hechos.
  • Use la mesa de partes física o digital de SERVIR y conserve el cargo de presentación.

En palabras de SERVIR: «La ciudadanía en general puede recurrir ante la Dirección de Supervisión de SERVIR, a efectos de presentar la denuncia correspondiente por presuntas infracciones a las normas del SAGRH» (Informe Técnico N.° 000275-2026-SERVIR-DPGSC).

Preguntas frecuentes

¿Quién puede denunciar un incumplimiento del SAGRH ante SERVIR?

Cualquier persona natural o jurídica que tenga conocimiento de un presunto incumplimiento de las normas o políticas del SAGRH por una entidad pública o empresa estatal sujeta al sistema.

¿SERVIR decide directamente si una entidad actuó ilegalmente?

No necesariamente. SERVIR puede supervisar, fiscalizar y recomendar medidas correctivas, pero su informe técnico no es una instancia previa para resolver casos individuales.

¿Dónde se presenta la denuncia?

Por la mesa de partes física de SERVIR o por la mesa de partes digital institucional, siguiendo los lineamientos vigentes para la presentación, precalificación y evaluación.

¿Qué debe contener como mínimo?

La identificación de la entidad y del denunciante, el hecho presuntamente infractor, un domicilio físico y electrónico, medios probatorios y la información sobre recursos o demandas por los mismos hechos.

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Enlaces

Análisis preparado por Gestores Públicos Perú con base en el texto oficial del Informe Técnico N.° 000275-2026-SERVIR-DPGSC (SERVIR).

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